Cuatro sectores piden L-triptófano. Ninguno hace la misma pregunta: siempre depende del grado y del uso aplicable.
En complementos, el anexo del Real Decreto 1487/2009 fija en el sector alimentario para el L-triptófano en grado alimenticio una cantidad máxima diaria de 300 mg. Y esa es solo la primera pregunta de las cuatro.
Lo que decide el uso no es el nombre del aminoácido, sino el grado y la norma que aplica cada sector.
En el carrusel lo vemos en complementos, cosmética, agricultura y nutrición animal. Guardadlo para cuando toque revisar una ficha de triptófano.
Hablemos de qué grado encaja con vuestro sector. ¿Qué miráis primero al recibir la ficha de un aminoácido: el grado, el uso previsto o el documento que lo respalda?
Porque el conocimiento también forma parte del suministro.
Fuentes
- Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre, relativo a los complementos alimenticios (texto consolidado)
- Real Decreto 130/2018, de 16 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1487/2009
- CosIng: base de datos de ingredientes cosméticos de la Comisión Europea (TRYPTOPHAN)
- Mano Y, Nemoto K. «The pathway of auxin biosynthesis in plants», Journal of Experimental Botany 2012;63(8):2853-2872
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